EL MARCADO CE EN LOS PANELES SÁNDWICH
El Reglamento (UE) Nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, en adelante RPC (Reglamento de Productos de la Construcción) tiene el propósito de crear un mercado interno en la Unión Europea, eliminando las barreras al comercio para productos (y servicios) permitiendo así la comercialización libre a través de la Unión, promoviendo con ello la competencia.
El RPC es la manifestación práctica de la liberalización del mercado en el sector de la construcción, haciendo transparentes las especificaciones de los productos de construcción. El Reglamento introduce las “normas armonizadas” como normas comunes en todos los países de la UE y que vienen a sustituir las distintas normativas nacionales existentes. Los productos de construcción, cuando se pongan en el mercado de la Unión, deben cumplir las exigencias de estas normas armonizadas. En el anexo ZA de las normas armonizadas de producto se indica cómo deben dar respuesta los productos a los Requisitos Esenciales de su norma.
En concreto, la norma armonizada de paneles sándwich con coberturas metálicas es la siguiente:
- UNE-EN 14509:2007.- Paneles sándwich aislantes autoportantes de doble cara metálica. Productos hechos en fábrica. Especificaciones.
- UNE-EN 14509:2007/AC.- Paneles sándwich aislantes autoportantes de doble cara metálica. Productos hechos en fábrica. Especificaciones.
Como excepción, los paneles comercializados como componentes de un kit para cámaras frigoríficas, edificios o cerramientos, están ordenados por la:
- Guía DITE 021 “Equipos para locales de almacenamiento en frío”.
La norma UNE-EN 14509:2007 es obligatoria desde el 1 de octubre de 2010, fecha a partir de la cual es obligatorio el marcado CE de los paneles sándwich. EL MARCADO CE DE PANELES ES OBLIGATORIO DESDE EL 1 DE OCTUBRE DE 2010
Marcado CE y etiquetado.
El fabricante de los paneles sándwich o su representante, es el responsable de la impresión del marcado CE. El marcado CE puede aparecer:
- en el embalaje sólo;
- junto a una parte de la información sobre el producto y sus características esenciales;
- junto a toda la información sobre el producto y sus características esenciales;
El fabricante tiene la obligación de proporcionar sistemáticamente la información completa del marcado CE o bien sobre cada lote de producto o en la documentación que acompaña la mercancía. Si en el embalaje aparece solamente el marcado CE reducido, se tendrá que suministrar la información completa en la documentación que acompaña la mercancía.
En la etiqueta se indica la aplicación final prevista del panel sándwich (pared exterior, cubierta, etc.) y en función de ello, se incluyen unas u otras propiedades.